MI RINCON

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domingo, abril 15, 2007

PROPUESTA A LA CONSTITUYENTE

PLATAFORMA CIUDADANA POR LOS DERECHOS A LA COMUNICACIÓN Y LA INFORMACIÓN
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL INCISO b) Y DE INCORPORACIÓN DE LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN EN LOS ALCANCES DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN
ANTECEDENTES
La Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB), la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (CSTPB), la Campaña por el Derecho a la Comunicación en la Sociedad de la Información (CRIS-Bolivia), la Asociación Boliviana de Investigadores de la Comunicación (ABOIC), la Asociación Boliviana de Carreras de Comunicación Social (ABOCCS), el Observatorio Nacional de Medios (ONADEM), la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC-Bolivia), la WACC en Bolivia (Asociación Mundial de Comunicación Cristiana), la Red Nacional de Trabajadoras de la Comunicación e Información (RED-ADA), la Red CEPRA (Centro de Educación y Producción Radiofónica), el Colegio de Comunicadores de Oruro, la Asociación Boliviana de Padres y Amigos de Personas con Discapacidad Mental (ABOPANE) y el Proyecto Comunicación con Derechos del Centro de Programas de Comunicación (CPC), constituidos en una PLATAFORMA CIUDADANA POR LOS DERECHOS A LA COMUNICACIÓN Y LA INFORMACIÓN y con el apoyo voluntario de comunicadores sociales de La Paz y Cochabamba presentan esta propuesta destinada a contribuir al fortalecimiento de la construcción constitucional desde los ámbitos de una comunicación e información con sentido y compromiso de dignidad humana y en articulación a los derechos humanos.
Se parte del convencimiento teórico y práctico de que la comunicación y la información son piezas estructurales para la construcción de las relaciones ciudadanas así como componentes de la calidad democrática de un Estado.
Las nociones que se exponen pretenden traducir de manera sintética pero substantiva los planteamientos, aportes y avances de los debates y experiencias nacionales e internacionales dirigidos al alcance de formas de comunicación y circulación de informaciones equilibradas, accesibles y participativas para todos[1].
La sociedad boliviana tiene en el actual Proceso Constituyente una excelente oportunidad para construir relaciones que, teniendo como punto medular el diálogo desde la diversidad y el potenciamiento de la palabra como forma edificante de una convivencia más equitativa, viabilicen el logro de una calidad humana con un real ejercicio de los derechos humanos.
PRINCIPIOS QUE SOSTIENEN LA FORMULACIÓN E INCORPORACIÓN DE LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN EN EL TEXTO NORMATIVO DEL PAÍS
A. Premisas de partida
De cómo se ejerce la comunicación en una comunidad depende en gran medida el tipo de sociedad a la que los individuos se hallan integrados, no solamente por las características de la comunicación misma, sino por los significados que intercambian mediante ella más el proyecto social que persigan.
Además, se reivindica la comunicación como práctica de libertad, ya que ésta, al fin al cabo, no es otra cosa que una producción de mensajes e información autónoma por cada individuo, pero que cobra sentido en el encuentro edificante y transformador con otros individuos.
Los derechos de cada persona están limitados por los derechos humanos y la seguridad de todos y todas por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrático.
1. Fundamentos y Metas
- Democracia participativa e inclusiva.
- Democratización de la palabra.
2. Principios
- Libertad.
- Participación.
- Solidaridad.
- Acceso.
- Inclusión.
- Equidad.
3.
Valores
- Comunicación.
- Información.
- Diálogo.
- Pluralismo.
- Equidad de género.
- Convivencia Intercultural.
EVOLUCIÓN DE LAS LIBERTADES Y DERECHOS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
En la época del Ágora y el Foro, cuando la comunicación era directa e interpersonal, surgió el concepto de la libertad de opinión.
Con la llegada de la imprenta (el primero de los medios masivos) y como desafío a las prerrogativas reales y religiosas surge el concepto de libertad de expresión.
En el siglo XIX con el extraordinario desarrollo de la prensa, surge el concepto de libertad de prensa.
Con la aparición sucesiva de otros medios masivos (cine, radio, TV) se avanza hacia un derecho más específico que es el de buscar, recibir y transmitir información.
Ahora, en un contexto humano y tecnológico, es necesario consolidar el reconocimiento del derecho humano a comunicarse. Este derecho abarca todas las demás libertades pero añade las nociones de participación, acceso y circulación dialógica de la información, con lo que queda establecida la posibilidad de construir espacios de convivencia ciudadana en los que la comunicación y la información garantizan su desarrollo armónico.
EL VÍNCULO ENTRE EL DERECHO DE LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN Y LOS DERECHOS HUMANOS
- DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN: Derechos Democráticos, civiles y políticos (de opinión, reunión y asociación) para todos, sin limitaciones de origen étnico o de género, que constituyen una condición sine qua non para la participación ciudadana en la toma de decisiones que afectan al presente y futuro de la sociedad (Folch, 1998).
- DERECHOS DE SEGUNDA GENERACION: Universalización de los derechos económicos, sociales y culturales, que se ejercen a través del derecho a la comunicación e información.
- DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN. Derechos de solidaridad, tienden a preservar la integridad del ente colectivo. La comunicación e información persigue el bienestar social, al ser inclusiva, pluricultural y mantener informada a la colectividad.
- DERECHOS DE CUARTA GENERACION: La libertad de expresión, de pensamiento en todas sus manifestaciones y el alcance del derecho a la comunicación e información como bases de edificación ciudadana.
PROPUESTA PARA LA AMPLIACIÓN DEL ACTUAL INCISO b) DEL ARTÍCULO 7º DE LA CPE RELATIVO “A LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LA PERSONA”
La Plataforma Ciudadana por los Derechos a la Comunicación y la Información propone ampliar de la siguiente forma el texto del actual inciso b) del Art. 7º de la Carta Magna:
- (Art.) Toda persona tiene derecho, individual y colectivamente, a comunicar, informar, opinar e interpretar, así como a acceder a informaciones y mensajes, según el principio de la libre expresión.
Para una mejor comprensión, los conceptos relacionados con la propuesta precedente son los siguientes:
Comunicación es el proceso en el que los sujetos intercambian y construyen sentidos sociales.
Información es el acto de difundir mensajes.
Opinión es la manifestación de criterios sobre la realidad.
Interpretación es la explicación que se da a los acontecimientos y el significado que se les atribuye.
Acceso es la posibilidad de buscar, recibir y demandar informaciones y mensajes.
Réplica a la información es el derecho de respuesta o rectificación a un mensaje publicado equivocado.
PROPUESTA PARA LA INCORPORACIÓN DE LA DIMENSIÓN COMUNICACIONAL EN EL CAPÍTULO DE “DISPOSICIONES GENERALES”
La Plataforma sugiere incorporar estos párrafos al texto constitucional:
El Estado reconoce y sostiene la práctica de la interculturalidad como condición básica para la existencia plural e igualitaria de la sociedad boliviana y como expresión de su diversidad; por tanto, garantiza que su práctica sea dada en las mayores condiciones de libertad e igualdad
El Estado boliviano reconoce el valor del diálogo como medio fundamental para la convivencia pacífica y armónica de la sociedad boliviana y como instrumento central para su desarrollo; por consiguiente, descarta cualquier práctica que privilegie o favorezca el verticalismo, autoritarismo y las acciones unilaterales en el uso de la palabra.
PROPUESTA DE ARTÍCULOS PARA UN RÉGIMEN DE LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
() Toda persona tiene derecho:
- Al ejercicio pleno e irrestricto de su libertad de expresión, por cualquier medio de expresión o difusión, en los distintos ámbitos sociales de su existencia y en aquellos que considere oportunos para la construcción de su identidad,
- A acceder a mensajes e informaciones, así como a participar en los procesos de intercambio de sentidos y en el uso de recursos tecnológicos de emisión, búsqueda, recepción, registro e intercambio de contenidos.
- A fundar y gestionar medios de comunicación en equidad e igualdad de oportunidades.
- A recibir la protección y garantía del Estado para el pleno, democrático y libre ejercicio de sus derechos a la comunicación e información
() Los medios de difusión, por naturaleza, tienen un carácter de servicio de interés público y los medios gubernamentales son medios públicos.
() En ningún caso la propiedad y control de los medios asumirá carácter monopólico ni oligopólico.
La Paz, abril de 2007
[1] Así, se ha buscado incorporar los principios desarrollados no sólo por los medios alternativos en Bolivia desde su surgimiento sino también aquellos del Informe MacBride de la UNESCO y las Declaraciones de la sociedad civil en la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información (CMSI, períodos de Ginebra y Túnez), así como la reflexión más contemporánea acerca de la comunicación surgida en los Foros Sociales Mundiales (desde su inicio en Porto Alegre hasta su última versión en Nairobi en 2007) y finalmente el espíritu del Congreso Mundial de la Comunicación para el Desarrollo (Roma, 2006).